miércoles, 27 de mayo de 2015

Diferencia entre el pago anticipado y el adelantado

¿Hay diferencia entre el pago anticipado y el adelantado?

El primero significa cancelar un par de cuotas de un préstamo; en cambio el segundo amortiza el capital de la deudq.

Desde el 2010, las entidades del sistema financiero están impedidas de poner trabas a los consumidores que deseeen realizar un pago adelantado de su deuda. Es decir, no les pueden cobrar una penalidad o comisión.

Erickson Molina, funcionario de Indecopi, señala que desde entonces las quejas por parte de los usuarios se han reducido considerablemente. "Hoy los bancos solicitan a los consumidores expresar por escrito su decisión de realizar un pago anticipado o un pago adelantado, que no son lo mismo, para evitar equivocaciones", afirma.
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¿Cuál es la diferencia? Molina dice que el primero se da, por ejemplo, cuando una persona tiene un crédito vehicular y quiere pagar tres cuotas de golpe, dándose un alivio por un breve período.
Mientras que el segundo se da cuando el usuario no quiere pagar las cuotas, sino que busca que su dinero vaya directo a amortizar el capital. "Con esto, el tiempo de pago total se puede reducir y también los intereses".
Por eso, sin duda si tiene un dinero adicional y prevé destinarlo a reducir sus deudas opte por el pago adelantado.
QUÉJESE
¿Qué hacer si, a pesar de la prohibición, el banco pone trabas? Antonio Andrade, docente de las carreras de Negocios EPE de la UPC, explica que el consumidor afectado puede acudir ante elIndecopi.
Allí puede presentar un reclamo (en el SAC) o una denuncia. "La autoridad puede sancionar al denunciado de comprobarse la comisión de la infracción y ordenar una medida correctiva", indica.
Fuente: El Comercio

domingo, 3 de mayo de 2015

Cuidado con los métodos abusivos de cobranza



Fabiana Sánchez
fsanchez@peru21.com

Si pide un crédito a una entidad financiera o a una empresa prestamista, está en la obligación de cumplir con la deuda contraída. Sin embargo, la compañía no tiene ningún derecho a utilizar métodos abusivos para cobrarle.

De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el proveedor o prestamista no puede visitar o llamar al deudor entre las 8 p.m. y las 7 a.m. para exigirle que pague. Tampoco podrá hacerlo los sábados, domingos ni feriados.

La colocación o exhibición pública de carteles alusivos al incumplimiento también está prohibida, así como el envío de documentos que aparenten ser notificaciones de cobranza o escritos judiciales.

En el caso de haber sido víctima de alguno de estos abusos, puede ingresar a este enlace y presentar su reclamo.

Una vez realizada esta queja, Indecopi cuenta con un día hábil para transmitirla a la empresa.

Si esta compañía continúa aplicando los métodos abusivos de cobranza, usted está en el derecho de presentar una denuncia. Para ello, tendrá que pagar S/.36 y presentar la denuncia ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos del organismo de protección al consumidor.

NO INSISTA
En tanto, si recibe llamadas o mensajes al celular, al correo electrónico o a su casa con algún tipo de publicidad, tiene la opción de acceder al servicio ‘Gracias… No insista’ del Indecopi.

Este sistema es gratuito y se activa el día 15 del mes siguiente a la inscripción.

Para registrarse ingrese a este link. Ahí deberá completar sus datos personales y los números o correos en los cuales no desea recibir ninguna publicidad.

Fuente: http://peru21.pe/mis-finanzas/cuidado-metodos-abusivos-cobranza-2101291